PRESENTACIÓN
Quito es una ciudad reconocida por su riqueza natural, geográfica, arquitectónica y cultural. Esto, no solo por su potencial físico sino sobre todo por su nivel humano y por su diversidad. Sin embargo, debido a diversos procesos socioeconómicos no todas las personas que habitan nuestra ciudad se benefician de las mismas oportunidades y posibilidades, bien sea por su etnia, clase, orientación sexual, género, situación migratoria, entre otras. Como Municipalidad y, en especial, como Secretaría de Inclusión Social, estamos conscientes de esta situación, por ello hemos asumido con compromiso la labor de hacer de Quito una ciudad inclusiva, libre de discriminación y violencia. Sabemos que no es una tarea fácil, por lo que hacemos un llamado a todas y todos para ser parte de este proyecto a: organizaciones de base, organizaciones de sociedad civil, organismos internacionales y ciudadanía en general. Es fundamental unirnos y juntar esfuerzos para hacer de este espacio uno más habitable, capaz de reconocer las diferencias, velar por el bien común y contribuir al desarrollo.
PUNTOS INCLUSIVOS
Son espacios de direccionamiento en los que la ciudadanía accede a información acerca de sus derechos y orientación sobre lo que debe hacer en caso de sufrir experiencias de exclusión, violencia y/o discriminación. Además, son espacios de encuentro, socialización y reflexión colectiva y solidaria. Es una vía para el empoderamiento de las personas pertenecientes a todos los grupos sociales, fundamentalmente de aquellos que son de atención prioritaria y en situación de vulnerabilidad y/o riesgo; siendo un mecanismo para lograr el ejercicio del derecho a la ciudad. Al ser una propuesta innovadora y pionera, que se articula a otras acciones de la Municipalidad del DMQ, se plantea la ejecución de un plan piloto de dos “Puntos Inclusivos”, en lugares estratégicos que demandan de esta acción inmediata. Ellos son: Punto Inclusivo 24 de Mayo y Punto Inclusivo Carcelén Bajo.
¿Por qué y cómo universalizar los Puntos Inclusivos?
La evidente importancia de los Puntos Inclusivos exige considerar la “universalización” distrital de este servicio como un mecanismo para lograr el ejercicio del derecho a la ciudad. Para este efecto se ha considerado estratégicamente la incorporación del servicio de los “Puntos Inclusivos” en la dinámica de las Casas Somos, espacios cercanos a las y los ciudadanos de toda edad y condición. Por otra parte, esta estrategia maximiza el uso de la estructura municipal y de sus recursos, facilitando su sostenibilidad. El piloto de los “Puntos Inclusivos” pretende construir un imaginario referencial de ciudad urbano y rural como un espacio habitable, en armonía y con respeto de todas y todos los ciudadanos, sin distinción de edad, género, sexo, condición migratoria, orientación sexual, etnia, etc.
Con el propósito de continuar contribuyendo a la disminución de las brechas de inequidad existentes en cuanto al acceso a la educación en el Distrito Metropolitano de Quito y en el marco de la normativa legal vigente, mediante el Proyecto Inclusión Educativa en el Distrito Metropolitano de Quito, a cargo de la Unidad Ejecutora de Ayudas, Becas y Créditos Educativos (ABC), dependiente de la Secretaría de Inclusión Social, se pretende continuar con la entrega de Becas que otorga el Concejo Metropolitano a las y los estudiantes de las Instituciones Educativas Municipales; adicionalmente se cumplirán las obligaciones con las y los becarios cuyos programas de estudio están en curso y son a quienes se les otorgó becas y créditos en el marco de los convenios suscritos entre el MDMQ y el IFTH.
Normativa
La Constitución establece que: "La educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir".
El Art. 28 de la Constitución de la República señala en su primer inciso que: “la educación responderá al interés público y no estará al servicio de intereses individuales y corporativos. Se garantizará el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna y la obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente”.
El Art. 2 de la Ley Orgánica de Educación Intercultural entre los principios que declara, señala en sus literales v) y h) que: “la equidad e inclusión aseguran a todas las personas el acceso, permanencia y culminación en el Sistema Educativo; garantiza la igualdad de oportunidades a comunidades, pueblos, nacionalidades y grupos con necesidades educativas especiales y desarrolla una ética de la inclusión con medidas de acción afirmativa y una cultura escolar incluyente en la teoría y la práctica en base a la equidad, erradicando toda forma de discriminación; y, se garantiza el derecho a la educación en cualquier etapa o ciclo de la vida de las personas, así como su acceso, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna”.
El Plan Metropolitano de Desarrollo y Ordenamiento Territorial en la Política S3 “Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes de Quito” establece como lineamiento estratégico, en el Objetivo 3.2 la “Promoción de la inclusión educativa para la población de Quito (en edad escolar excluida del sistema escolar y para aquella que no ha concluido los diferentes niveles educativos) con énfasis en grupos de atención prioritaria y población vulnerable (niñez, personas con discapacidad, estudiantes, adultos mayores)”.
El Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización COOTAD, considera en su Art. 219 que: “Los recursos destinados a educación, salud, seguridad, protección ambiental y otros de carácter social serán considerados como gastos de inversión.”
El Art. 4 de la Ordenanza Metropolitana 057 determina que: “La Unidad Ejecutora Metropolitana de Ayudas, Becas, y Crédito Educativo ABC, entidad dependiente de la Secretaria de Inclusión Social, será el ente técnico encargado de otorgar y administrar las ayudas, becas y el crédito educativo que el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, de manera directa o en asociación con otras instituciones, oferte a personas domiciliadas en el Distrito, con recursos provenientes de su presupuesto o de fuentes externas de financiamiento”.
El literal a) del Art. 7 de la Ordenanza 057 determina entre que es función de la Unidad Ejecutora Metropolitana de Ayudas, Becas y Crédito Educativo ABC: “Administrar los recursos existentes o que se crearen, para la asignación de ayudas, becas y créditos, orientados a desarrollar capacidades y generar oportunidades para los grupos de atención prioritaria o poblaciones en condición de exclusión. Con este fin, a través del Municipio, se podrán constituir fideicomisos o suscribir convenios con instituciones públicas o privadas, nacionales o extranjeras”.
En el mismo artículo, párrafo final se determina que: “Para el cumplimiento de sus objetivos, la Unidad ABC podrá gestionar y proponer la suscripción de convenios que permitan operativizar de mejor manera la entrega y recaudación de los recursos destinados a ayudas, becas y créditos. Dichos convenios podrán suscribirse con instituciones del sector público o privado legalmente autorizadas”.
El Art. 3 de la Ordenanza Metropolitana 207 que sustituye el Art. IV.21 por: “Trámite para el otorgamiento de becas. - Los centros educativos del Subsistema Metropolitano de Educación, presentarán hasta la segunda semana del mes de enero de cada año, ante la Unidad ABC, por escrito y en medio magnético, los cuadros de los beneficiarios, adjuntando los documentos legales requeridos”.
La Unidad ABC obtendrá la disponibilidad presupuestaria, revisará la documentación, y presentará el informe a la Comisión de Educación, Cultura y Deporte, instancia que, hasta la segunda semana del mes de febrero de cada año, emitirá el respectivo informe al Concejo Metropolitano, quien aprobará las becas a entregarse, hasta la cuarta semana del mes de febrero de cada año…)
Los requisitos, cupos por institución educativa, cuantías y trámite para el otorgamiento, se rigen por las Ordenanzas Metropolitanas 172, 207 y 056.
El proyecto Inclusión Educativa, tiene como propósito dar cumplimiento a la normativa legal vigente, respecto al procedimiento para el acceso y concesión de las ayudas y becas que oferta el Municipio del Distrito Metropolitano de Quito, contribuyendo a garantizar el derecho a la educación en cualquier etapa o ciclo de la vida de las personas, así como su acceso, permanencia y egreso sin discriminación alguna.
El mismo que atenderá a adolescentes y jóvenes con VIH, así como a personas de su entorno afectadas por esta condición de salud, mediante la conformación de grupos de pares, orientación, información, pero sobre todo la inclusión mediante el reconociendo de sus derechos.