RENDICIÓN DE CUENTAS 2017-2018

Las ciudadanas y ciudadanos, en forma individual o colectiva, comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, pueblos afroecuatoriano y montubio, y demás formas lícitas de organización, podrán solicitar una vez al año la rendición de cuentas a las instituciones públicas o privadas que presten servicios públicos, manejen recursos públicos o desarrollen actividades de interés público, así como a los medios de comunicación social, siempre que tal rendición de cuentas no esté contemplada mediante otro procedimiento en la Constitución y en las leyes.

La rendición de cuentas es un proceso sistemático, deliberado, interactivo, periódico, oportuno, universal y obligatorio, a través del cual los funcionarios públicos informan sobre su gestión a la ciudadanía, debe realizarse bajo un enfoque de derechos, en función a los resultados esperados y obtenidos, la información publicada, los recursos públicos invertidos y los métodos utilizados en la gestión.

Sujetos obligados: Las autoridades del Estado, electas o de libre remoción, representantes legales de las empresas públicas o personas jurídicas del sector privado que manejen fondos públicos o desarrollen actividades de interés público, los medios de comunicación social, a través de sus representantes legales, están obligados a rendir cuentas, sin perjuicio de las responsabilidades que tienen las servidoras y los servidores públicos sobre sus actos y omisiones.

La rendición de cuentas tiene los siguientes objetivos:
Garantizar a los mandantes el acceso a la información de manera periódica y permanente, con respecto a la gestión pública;
Facilitar el ejercicio del derecho a ejecutar el control social de las acciones u omisiones de las gobernantes y los gobernantes, funcionarias y funcionarios, o de quienes manejen fondos públicos;
Vigilar el cumplimiento de las políticas públicas; y,
Prevenir y evitar la corrupción y el mal gobierno.



Convocatoria
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